Abogados en Ciudad Juárez
Vehículos y mercancía retenidos en la aduana
Cuando la aduana o una autoridad de comercio exterior te retiene un vehículo o mercancía, levanta un acta y abre un procedimiento en tu contra. Lo que hagas en los primeros días define buena parte del resultado.
Cuándo te podemos ayudar
- Te retuvieron un vehículo de procedencia extranjera en un punto de revisión o en la garita.
- Tu vehículo tenía permiso de importación temporal y te dicen que no lo retornaste a tiempo o que salió de la zona permitida.
- Te embargaron mercancía por falta de documentos, por diferencias en el pedimento o por el valor declarado.
- Te notificaron una resolución con multas o con la pérdida del vehículo o de la mercancía a favor del fisco.
Qué necesitas mandarnos
- El acta de inicio o la notificación que te entregaron.
- El título o la factura del vehículo, o las facturas y pedimentos de la mercancía.
- El permiso de importación temporal, si lo tenías.
- Tu identificación y, si aplica, tu comprobante de domicilio en la zona fronteriza.
Qué hacemos
1
Revisamos el acta
Analizamos el acta de inicio, el embargo y los documentos del vehículo o de la mercancía para identificar errores de la autoridad y las pruebas que hacen falta.
2
Te defendemos en el procedimiento
Dentro del plazo legal ofrecemos pruebas y alegatos ante la aduana para desvirtuar las irregularidades y pedir la devolución.
3
Impugnamos la resolución
Si la resolución es desfavorable, la combatimos con recurso de revocación, juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o amparo, según convenga.
4
Exigimos la devolución
Cuando se gana, vigilamos que la autoridad devuelva el vehículo o la mercancía, o que pague su valor si ya no puede devolverlos.
Desde que te notifican el acta tienes diez días hábiles para presentar pruebas y alegatos. Después, la aduana tiene cuatro meses para resolver; si no lo hace, puede quedar obligada a devolverte lo embargado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recuperar mi vehículo si ya lo embargaron?
En muchos casos sí, con las pruebas adecuadas en el procedimiento o impugnando la resolución. Depende de los documentos que tengas y de los errores que haya cometido la autoridad.
¿Qué pasa si no hago nada?
La aduana resuelve con lo que tiene, normalmente con multas y con el vehículo o la mercancía pasando a propiedad del fisco. Aun así, la resolución todavía puede impugnarse dentro de los plazos legales.
¿Atienden casos de otras aduanas?
Sí. Aunque la oficina está en Ciudad Juárez, llevamos procedimientos y juicios de otras aduanas del país.
Revisamos tu caso sin costo
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